martes, 5 de mayo de 2015

GOBIERNO APÁTRIDA CON CONCEPTO DE EVALUACIÓN DE EDUCACIÓN


Se equivocan EL GOBIERNO y sus  pregoneros  neo liberales cuando toman la evaluación de la educación colombiana en  la  prueba pisa de la OCD  de las  ocho potencias económicas, de acuerdo con sus necesidades e intereses., contrarios a los países en desarrollo. Sus  decisiones no están en Colombia por encima del Derecho interno que si obliga a todos los residentes en Colombia, artículos 4°, 95, 224 Constitución Política. Por lo tanto se les debe proponer la excepción de inaplicabilidad en virtud de la supremacía de la constitución, considerándola inexistente.

 Colombia no se vuelve potencia porque la acepte dicha entidad, ni realizando la prueba de evaluación pisa.  Ni derivando  de la misma examen  escrito  a los educadores, como lo promueven  los voceros del neoliberalismo.  No ofendan la inteligencia del pueblo colombiano, con sus sofismas pro imperialistas y  oligárquicos, que para los educadores tienen la exigencia de servirle a los monopolios y a la minoría oligárquica y la negación de los valores, principios y derechos fundamentales para el pueblo profundizando su explotación.

Colombia para convertirse en potencia, debe cumplir, desarrollar  los  fines de la Nación colombiana:   promover la prosperidad general, garantizar la efectividad de los principios, derechos , deberes consagrados en la Constitución…defender la independencia nacional... asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo, artículo 2° Constitución Política de Colombia, negados por la prueba pisa, sus promotores en el tratamiento al movimiento justo de los educadores.

EN QUE RESPONSABILIDAD INCURREN QUIENES SOMETEN LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN A EXIGENCIAS EXTERNAS DESCONOCIENDO EL DERECHO INTERNO?
En civiles, administrativas,  penales : Artículo 455 C.P, ley 599 de 2000: El que realice actos que tiendan a…en parte al dominio extranjero,…incurrirá en prisión de trecientos veinte a 540 meses”.

CUÁLES SON LOS  FUNDAMENTOS DE  LA  EVALUACIÓN DE  LA EDUCACIÓN EN COLOMBIA?

El fundamento de la evaluación educativa en Colombia está en:  Los valores, principios, derechos fundamentales, constitucionales, legales. Fines del Estado. Fines y objetivos de la  educación, contenidos en la Norma Superior, ley General educación, desarrollados y aplicados en el Proyecto Educativo institucional de cada Institución, en su  filosofía, plan de estudio, recursos pedagógicos, Manual de Convivencia. Manual del docente y estrategia  pedagógica,  gestión administrativa, teniendo en cuenta condiciones particulares.

Fundamentos  desarrollados en los objetivos generales y específicos  a lograr  por nivel, grado y asignatura contenidos en la ley General de la Educación, artículos 13, 14, 16, 20, 22,23,24, 27, 30, 31, 32, 33, sobre los cuales se debe evaluar al docente y éste a los estudiantes quienes a la vez en su desarrollo evalúan a sus pedagogos con sus preguntas diarias en desarrollo de temas. LA EVALUACIÓN VA MÁS ALLÁ DE UN EXÁMEN ESCRITO UTILIZADO COMO MECANISMO POLÍTICO para impedir el ascenso del educador.

FINES DE LA EDUCACCIÓN A EVALUAR

Consagrados en el artículo 67 de la Constitución política de Colombia y artículo 5° de la ley 115 de 1994 que persiguen :
1.      “La formación en el respeto a la vida, a la paz, los demás derechos humanos, en los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, el ejercicio de la tolerancia y la libertad.
2.      La formación en el respeto a  la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana….
3.      La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional….
4.      La adquisición y generación de conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos …
5.      El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística.
6.      La adquisición de  cultura ecológica…y la defensa del patrimonio cultural nacional”.
LA JUSTA LUCHA DE LOS EDUCADORES CUMPLE  FINES  DE LA EDUCACIÓN

La enseñanza científica es la que se desarrolla en la unidad de la teoría con la práctica: La  unidad combativa de los educadores logra este cometido desarrollando los siguientes fines de la educación, artículo 5° ley 115 de 1994, que desarrollan a los educandos en :
1.       El pleno desarrollo de la personalidad de los educandos …, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.
2.       La formación  para facilitar la participación de todos  en las decisiones que los afectan en la vida económica, administrativa  y cultural de La Nación.
3.       El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y…. Orientado con prioridad al mejoramiento cultural  y de calidad de vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.”.
4.       La formación para…la educación física, la recreación, el deporte y la utilización del tiempo libre”.
ENSEÑANZA CON EL EJEMPLO:

Manda el artículo 67 de la Constitución: “El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación…”. El 68: “Los padres de familia tendrán derecho a escoger el tipo de educación para sus hijos menores”. “La ley garantiza la profesionalización y dignificación de la actividad docente”. Los hijos menores tienen dignidad, no son vehículos automotores, ni sus instituciones educativas garajes. Mal servicio le prestan a la formación de los menores y la relación educadores familia quienes  buscan su enfrentamiento.

LA UNIDAD COMBATIVA de los educadores  por el principal derecho fundamental el de la vida con la exigencia de un salario digno que garantice la subsistencia correspondiente a su   naturaleza  de profesional universitario discriminado con ingresos inferiores a otros profesionales universitarios  de la misma duración de las dependencias del Estado. Por el mejoramiento de la prestación de los servicios de salud, discriminado con la mayor retención para los mismos sin ser prestados con oportunidad y eficiencia. Sin entenderse porque el gobierno tolera esta situación con la renovación de contratos  con las mismas entidades. Su movilización constituye  la legítima defensa  sustentada, además en la garantía constitucional del derecho a la huelga y negociación colectiva, ARTÍCULOS 55,56.

EL PROBLEMA DE LA SALUD DEBE SER RESUELTO  DEJANDO UNA SOLA COTIZACIÓN. Y ESTABLECIENDO LIBERTAD DE AFILIARSE  A LA ENTIDAD QUE EL EDUCADOR ESCOJA. La especialidad del régimen en materia de salud debe ser para darle un tratamiento más favorable al educador. Y no para cobrarle más CON LA NEGATIVA A SU PRESTACIÓN, OBLIGÁNDO AL 80% A PAGAR  SERVICO DE ASALUD   PARTICULAR, DISMINUYÉNDOLE MÁS SUS INGRESOS LABORALES., como lo reconoce la misma Ministra.  

LA FORMACIÓN ÉTICA Y MORAL SE PROMOVERÁ …DEL COMPORTAMIENTO HONESTO DE DIRECTIVOS, EDUCADORES, PERSONAL ADMINISTRATIVO, DE LA APLICACIÓN RECTA Y JUSTA DE LAS NORMAS…”., artículo 25 ley 115 de 1994.             
          
EVALUACIÓN TÉCNICA PEDAGÓGICA DESCONOCIDA POR PROPAGANDISTAS DE EXAMEN
La estimación  de los conocimientos, aptitudes, actitudes, rendimiento, no sólo se logra con prueba escrita que en tal caso  sus preguntas deben ser claras, precisas, para respuestas exactas, que no den lugar a ambigüedades para evitar la subjetividad en su calificación. Pero evaluar es algo más, es verificar el cumplimiento de las obligaciones por la familia, el Estado. La eficacia del Proyecto educativo, la actualización, producción pedagógica, científica, cultural, deportiva, social, artística  del docente en sus diferentes manifestaciones, como expresión de los valores, principios, derechos fundamentales, constitucionales, legales. 
 WILIAM A ESTRADA ATEHORTÚA. LICENCIADO FILOSOFÍA HISTORIA. ABOGADO ESPECIALISTA DERECHO PROBATORIO. CONEGOCIADOR  DECRETO LEY 2277 DE 1979. Ex diputado MOIR FUP.

No hay comentarios: