miércoles, 5 de agosto de 2020

LA JUSTICIA COMO VALOR

 

El valor fundamental de la justicia es reflejo del desarrollo de las fuerzas productivas, las relaciones  de producción. La justicia esclavista, feudal, capitalista. Y de las relaciones sociales derivadas de la producción, justicia monárquica, en poder del rey del Estado esclavista, feudal. Justicia  republicana, democrática burguesa, ganada por la revolución francesa en 1789, contra la justicia del rey, Francia, Alemania, Italia, Estados Unidos de Norteamérica.  El capitalismo en su desarrollo imperialista, generó Estados monárquicos republicanos, al lado del rey, existencia de parlamento, caso España e Inglaterra. Estado de Nueva democracia, o democracia popular, de justicia popular, china, Rusia. Dictatorial.

 

Dictadura en la que el presidente   tiene poderes sobre el ejecutivo, el legislativo, propio de los  Estados al servicio imperial, capital financiero, que lesiona   la justicia   en su independencia, autonomía,  decisiones judiciales, haciéndola  lenta, e ineficaz, cargada las más de las veces, de selectividad e impunidad. Como los  Estados de América Latina, en particular de Colombia, favoreciendo a la oligarquía empresarial corporativa  pro imperial.

 

Instaurado en Colombia con la dictadura de Simón Bolívar y su creación dictatorial del fuero, la Procuraduría y el Consejo de Estado. Reafirmada   con el negociado sobre Panamá,  del  imperialismo yanqui  con la oligarquía conservadora de Marroquín y el dictador Rafael Rreyes para asegurar la entrega de la soberanía nacional  al imperialismo yanqui, como lo denunció José María Vargas Vila.  Dictadura, donde se le niega a la justicia su elección popular  por medio del voto, para la integración de los magistrados de las altas cortes, la designación de fiscal y Procurador. Haciéndola depender del  Presidente  y del Congreso de la república.

 

Claros ejemplos: El desconocimiento de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia del perfil exigido en la Constitución para la designación de Fiscal. Las actuaciones A FAVOR DE LA OLIGARQUÍA DE MAGISTRADOS DE LAS ALTAS CORTES; de quienes han ocupado el cargo de Fiscal General, Procurador de la Nación. La corrupción en la selección de tutelas en la Corte Constitucional, la intervención al respecto solicitada por magistrados de la Corte Constitucional, al Presidente de la República. El denunciado cartel de la toga.

 

La lentitud en las investigaciones, haciendo operar la prescripción, justicia tardía no es justicia. La lentitud en la Corte Suprema de las múltiples investigaciones contra el expresidente Alvaro Uribe Vélez. El temor denunciado por algunos magistrados de la Corte Suprema, por estos procesos. El congelamiento a la compulsa de copias del magistrado de Justicia y Paz Pinilla Cogollo, ante lo cual mejor renunció. La creación de la segunda instancia en la Corte, según sus creadores para mayor garantía procesal, ante las investigaciones contra Uribe Vélez.

 

La formulación de cargos del día de ayer, por los presuntos delitos de manipulación de testigos y fraude procesal, con detención preventiva en su hogar, a pesar de la naturaleza de los delitos, es un favorecimiento por ser quien es. La solicitud del presidente y sus seguidores que se defienda en libertad,  lesionó  la independencia de la justicia. Y el derecho fundamental a la libertad de los millares de detenidos del pueblo, sin ser condenados, quienes merecen igual trato de casa por cárcel. Y así terminar con  la congestión carcelaria.


miércoles, 29 de julio de 2020

MATERIALISMO HISTÓRICO


El materialismo explica el pensamiento, la conciencia, por el ser social. La relación activa del hombre con la naturaleza, proceso inmediato de su vida, las condiciones sociales de su vida; las representaciones ideológicas derivadas de las respectivas relaciones de producción y las relaciones sociales, independientes de su voluntad.

Conjunto de relaciones de producción integrantes de la estructura económica, base económica de la sociedad esclavista, feudal, capitalista, socialista. A la que corresponde una determinada forma de pensamiento de conciencia social en su respetiva superestructura, o sustentación ideológica.

De ahí que sea distinta la revolución material en las condiciones de producción, verificadas con exactitud por las ciencias naturales. A las revoluciones en las formas ideológicas, políticas, jurídicas, educativas, culturales constitutivas de la superestructura, mediante las cuales los hombres adquieren conciencia del conflicto político, por las contradicciones en la vida material.

Para el materialismo histórico, los hombres hacen su propia historia, a partir de las condiciones materiales de producción, esclavista, feudal, capitalista, socialista; y las relaciones sociales que se establecen a partid de la producción, como esclavo, esclavista; campesino de la gleba, terrateniente; proletario, burgués. De sus interese particulares frente a la producción y sus relaciones sociales, como expresión política  de la lucha de clases, fuerza motriz de los acontecimientos.

El materialismo histórico resalta las luchas populares, como educación política, que las masas populares deben tomar de ejemplo para la transformación  de la sociedad. Por eso resaltamos los paros de principios del siglo XX, las protestas populares, la violencia bipartidista al finalizar la mitad de aquella centuria;  luchas estudiantiles; de maestros, médicos, obreros, paros cívicos de la década de 1970, congelados en el olvido por los historiógrafos oficiales. Pero que demuestran la capacidad de lucha, de organización, conquistas de las masas populares mediante su lucha y protesta social.

El materialismo histórico aplicado a los fenómenos sociales, superó los defectos de las teorías subjetivistas, fantásticas, estáticas, unilaterales de la historia, sin investigar los móviles materiales, sociales, desconociendo las acciones de las masas populares. Teorías  creadoras de mitos de la historia. Teorías que no investigaron el  origen de los móviles. No comprendían las luchas de las masas de la población. Se ocuparon, sólo de datos crudos, fragmentarios, descripción de aspectos aislados del proceso histórico.

Carlos Marx, señaló el camino para estudiar científicamente la historia, como un proceso único, regido por leyes, las relaciones de producción y las relaciones sociales de producción, en su unidad diversa y contradictoria.


miércoles, 22 de julio de 2020

EMERGENCIA CON CORRUPCIÓN


EMERGENCIA CON CORRUPCIÓN
La corrupción, actuación contra el ordenamiento jurídico, ronda la declaratoria de la emergencia, con disfraz para hacer frente al coronavirus, contra valores, principios, derechos fundamentales, contra la Constitución.
Así, lo indica la  suspensión de garantías fundamentales, artículos 12, 13, 16 prohibida por la Constitución, en su artículo 214 numerales 24, 28, 29, trastocando en derechos fundamentales relativos, los derechos fundamentales absolutos que no pueden ser suspendidos por el Estado de la emergencia, un sus decretos, así los contraríe la Corte Constitucional, por la naturaleza de sus integrantes elegidos con intervención del presidente, Congreso y sus representantes en otras altas Cortes.
La vulneración, a la prohibición de dedicar los recursos  para jubilaciones, a fines distintos, por mandato del artículo 48 de la Constitución, contrariado con la destinación de 2,7 billones de ahorro pensionales del  Fondo de Entidades Territoriales, con el riesgo  para el pago futuro de pensiones, con  la vulneración a la autonomía territorial.
En el gobierno de César Gaviria, Fiduprevisora,  en poder en ese entonces  de neoliberales; y  dirigentes reinsertados en la dirección del Fondo de Prestaciones del Magisterio, prestó, del Fondo de Prestaciones del Magisterio  a Electrocaribe,  sin que se sepa, si los pagó. O es una de las causas financieras para los deficientes servicios a los EDUCADORES estatales y los fraudes en Electrocaribe?.
Será este el mecanismo para forzar a la reforma pensional ante la larga vida de los pensionados?.
Y favorecer a los dos grandes monopolios  financieros de los fondos de pensiones, grupo Sarmiento Ángulo y del Grupo Empresarial Antioqueño? vinculados a los grandes escándalos de corrupción, como Odebrecht, la Ruta del Sol, Hidro Ituango, corrupción de integrantes del partido de gobierno.
Las cifras de Duque, para la emergencia es de 12.1 un billones tomados del FAE. Y 2.7 billones de los ahorros, aproximadamente pensionales. Mientras, la directora del Instituto Nacional de Salud, señala el costo en salud por la emergencia es 4.6 billones de pesos.
O sea que el resto, más de diez billones de pesos, van para los contratistas, y el capital financiero?
Ante la unidad hasta de la oposición,  con gobierno. El movimiento sindical y de pensionados, debe unirse para hacer valer sus derechos, como lo hizo contra los Fondos Regionales de Cesantías y el salario integral, la unidad de los sindicatos del Frente Sindical Autónomo y Fedeta en la década de los setenta, los cuales derrotó en su momento por un buen tiempo, hasta que los neoliberales de César Gaviria con su aliada  guerrilla reinsertada, cumplió los compromisos apátridas de entregar la soberanía nacional.

GOBIERNO GENERA VIOLENCIA, CON TRATAMIENTO A LA PANDEMIA




GOBIERNO GENERA VIOLENCIA, CON TRATAMIENTO A  LA PANDEMIA



 La omisión y extralimitación de la Constitución por las autoridades, en la expedición, aplicación,  difusión de las normas, ante la pandemia, contra los habitantes, genera violencia, a partir de la afectación de la salud mental, con el encierro obligatorio, que en un Estado democrático, debe ser de autocontrol, por la salud de todos.


Se presume la buena fé en la actuación de los particulares. Hay que ponerse en los zapatos de cada quien.  La información debe ser veraz, educativa, no intimidatoria, más aún en un medio estatal, , porque sumado al encierro, afecta la salud mental y termina por generar violencia.
Dentro de las excepciones, hay unas pocas, para el pueblo, que estos medios  en vez de difundir, desarrollan la política del miedo, la intimidación, de incendiar las autoridades para que actúen contra el pueblo, como en el día de ayer, en las terminales de transporte.
No se debe estimular, a alcaldes, gobernadores, policía, a desconocer, las pocas excepciones esenciales a favor del pueblo, cuyo respeto se debe educar, no sólo s la comunidad, sino también su respeto por la policía y ustedes, los operadores de los medios, con lo cual se prestaría mejor servicio a la comunidad. Se debe educar en el autocontrol.
Como dice el dicho popular, al alcalde quien lo ronda. El Consejo de Redacción, como que no dota de tapabocas, alcohol, a sus presentadores, no los usan. La alcaldía desestimuló por buen tiempo el uso del tapabocas, basándose en conceptos de la OMS.
Violencia generada, además, con la generalización de la aplicación de las medidas, omisión de la particularidad, desconocimiento de las regiones y población no afectada por el virus. Dando prelación al tratamiento fascistoide de exigencia  de datos particulares, de la vida privada, sumada a  la sanción monetaria, por encima de la educación en el autocontrol.

PICO Y CÉDULA PARA VÍVERES CONTRARIO A CONSTITUCIÓN


PICO Y CÉDULA PARA VÍVERES CONTRARIO A CONSTITUCIÓN
La emergencia corresponde al Presidente con sus ministros; y no a los alcaldes y gobernadores, quienes no tienen competencia para modificarla.
El decreto nacional, dentro de las excepciones, al encierro obligatorio, reconoció el derecho a proveerse de VÍVERES y mercado.
Este decreto estableció las excepciones a la prohibición a la movilidad.
 Por su fuerza de ley, no puede ser modificado por alcaldes y gobernadores, por mandato superior del artículo 84 de la Constitución en concordancia con los  artículos 5, 24, 214, 215 de la Constitución:
"Cuando un derecho...haya Sido reglamentado de manera general, las autoridades públicas no podrán establecer... requisitos adicionales para su ejercicio".
El Alcalde de Envigado, no está facultado para establecer por analogía al pico y placa;  pico y cédula para la provisión de víveres.
Hasta el pico y placa ambiental fracasó. En época de crisis, todo alcalde quiere ser dictador.
En Colombia, ninguna autoridad acata la Constitución del 91, haciéndola INEFICAZ.
 Lo que constituye la destrucción al mito a esta Constitución, aún por quienes la propiciaron, oligarquía pro imperial, conservadores, neoliberales, guerrilleros reinsertados, privatizadores de los servicios públicos, usurpadores de los bienes del Estado, entreguistas de la soberanía nacional. Fomentadores de la corrupción e impunidad de la justicia.
Sectores  que guardan silencio  guardar silencio,  propician reformas contra sus valores, principios y derechos fundamentales, para favorecer la privatización, los banqueros, monopolios, el narco paramilitarismo, la corrupción, la impunidad. Y la vulneración de los derechos de los trabajadores., haciendo ineficaz la Constitución. Lo que exige una nueva Constitución del Constituyente primario, que la haga eficaz, restableciendo los valores, principios, derechos fundamentales. La independencia, autonomía de la administración de la justicia, la eficacia de la acción de tutela, de los principios mínimos laborales. Fortalecimiento de la democracia representativa y sus partidos políticos. Recupere la dignidad del colombiano; y la soberanía nacional.

DISCRIMINACIÓN A TERCERA EDAD.


DISCRIMINACIÓN A TERCERA EDAD.
Las autoridades, de premisas falsas, frente al coronavirus, llegan a decisiones erróneas, como  discriminar a las personas de la tercera edad.
DISCRIMINACIÓN, que parte del error de considerar a las personas de la tercera edad, como las más propensas a adquirir el coronavirus.
La propensión al coronavirus, depende de la naturaleza de la misma persona, su estado de salud, sus antecedentes de salud; alimentación, tipo de sangre, mecanismos de defensa, observancia de las normas de higiene y preservación de la salud; características demográficas del país, propios de cualquier edad.
Así lo prueba, las estadísticas de infectados por la pandemia en Colombia.
Por el contrario, la discriminación, con el encierro, aislamiento inquisitivo de las personas de la tercera edad, conlleva, atentar contra la salud mental de estas personas.
Al  verse acorraladas, discriminadas por las autoridades, y sus medios de comunicación, obligadas a proteger sus derechos, su salud mental, a no ser discriminado, artículos, artículos 2, 5, 11, 12,16, 17,24 49, 53 de la Constitución.
La protección a la salud fisiológica, no se le puede sustraer, la protección a la salud física y mental, por su incidencia de la una sobre la otra.
El encierro inquisitivo, genera inquietud, ansiedad, agresividad, que conduce a su deterioro mental.
Afecta el sentimiento de seguridad, de la confianza, de lo que se debe hacer libremente, como aceptación consciente de lo que conviene así mismo y la comunidad.
 Para lo cual se debe integrar cortos períodos de libertad en la  movilidad, con observancia de las respectivas normas de higiene.
El símbolo de la salud mental, es la liberación del miedo, de los estados de ansiedad, de la inquietud, inseguridad, agresividad.
Pero el gobierno va en Contravía, queriendo gobernar en sustitución del viejo estado de sitio,  con la cuarentena inquisitiva, ante la inconformidad del movimiento social, por sus medidas antipopulares; y a beneficio de los monopolios extranjeros y grupos financieros internos promotores de la inequidad y la corrupción.
Frente a esta pretensión del gobierno, se debe preparar el pueblo colombiano.

DISLas autoridades, de premisas falsas, frente al coronavirus, llegan a decisiones erróneas, como discriminar a las personas de la tercera edad. DISCRIMINACIÓN, que parte del error de considerar a las personas de la tercera edad, como las más propensas a adquirir el coronavirus. La propensión al coronavirus, depende de la naturaleza de la misma persona, su estado de salud, sus antecedentes de salud; alimentación, tipo de sangre, mecanismos de defensa, observancia de las normas de higiene y preservación de la salud; características demográficas del país, propios de cualquier edad. Así lo prueba, las estadísticas de infectados por la pandemia en Colombia. Por el contrario, la discriminación, con el encierro, aislamiento inquisitivo de las personas de la tercera edad, conlleva, atentar contra la salud mental de estas personas. Al verse acorraladas, discriminadas por las autoridades, y sus medios de comunicación, obligadas a proteger sus derechos, su salud mental, a no ser discriminado, artículos, artículos 2, 5, 11, 12,16, 17,24 49, 53 de la Constitución. La protección a la salud fisiológica, no se le puede sustraer, la protección a la salud física y mental, por su incidencia de la una sobre la otra. El encierro inquisitivo, genera inquietud, ansiedad, agresividad, que conduce a su deterioro mental. Afecta el sentimiento de seguridad, de la confianza, de lo que se debe hacer libremente, como aceptación consciente de lo que conviene así mismo y la comunidad. Para lo cual se debe integrar cortos períodos de libertad en la movilidad, con observancia de las respectivas normas de higiene. El símbolo de la salud mental, es la liberación del miedo, de los estados de ansiedad, de la inquietud, inseguridad, agresividad. Pero el gobierno va en Contravía, queriendo gobernar en sustitución del viejo estado de sitio, con la cuarentena inquisitiva, ante la inconformidad del movimiento social, por sus medidas antipopulares; y a beneficio de los monopolios extranjeros y grupos financieros internos promotores de la inequidad y la corrupción. Frente a esta pretensión del gobierno, se debe preparar el pueblo colombiano.CRIMINACIÓN A TERCERA EDAD.





JUSTIFICACIONES DE LOS MÁS RICOS AL CORONAVIRUS


JUSTIFICACIONES DE LOS MÁS RICOS AL CORONAVIRUS
Bill Gates, magnate de la cibernética, de la construcción de aparatos, máquinas, con sistemas electrónicos que realizan  estudio comparativo de las comunicaciones de los seres vivos con sistemas electrónicos y mecánicos.
Beneficiado con el coronavirus, da una justificación ecléctica,  dónde combina la mecánica metafísica, con la dialéctica. Dice:
" Tiene un propósito espiritual...amor, tolerancia, paciencia, solidaridad, compasión... lecciones que...hemos olvidado...Es un gran corrector".
Concepto ideológico  metafísico de todos los explotadores de la humanidad.
Sumado al concepto castrado de lo esencial, al sustraer la respiración, a la que ataca el Coronavirus. Y que los magnates con sus monopolios contaminantes,  propician las enfermedades respiratorias.
Y la reproducción afectada por los contaminantes de sus elementos electrónicos;  sus residuos tóxicos y desechos industriales.
Las algas verde azules encontradas en el África, como primeras formas de vida, le fueron encontradas solo tres funciones esenciales para la vida, la respiración, la alimentación y la reproducción
Cómo su negocio, desintegró la familia. Y su  mercado se expande en crisis de la salud y el medio ambiente, ve positiva la pandemia.
Será que forma parte de los monopolios creadores del virus?. A quienes por encima de la salud, la vida, sólo les interesa el crecimiento económico de sus empresas, como EEUU, Canadá, Inglaterra, Francia, enfrentadas al desarrollo atómico de China, Rusia, Corea del Norte e Irán.
El eclecticismo, lleva a Bill Gates a utilizar en su justificación al coronavirus, algunos principios de la dialéctica, la transformación de la tempestad en calma.
 Y lo pone al servicio de los poderosos, con el encerramiento, para la meditación, lograr  su propósito ideológico, amor, tolerancia, paciencia, compasión con sus autoridades representantes de la opresión, explotación.
Quienes  para su mercadeo, dan muestras de compasión y solidaridad, destinando migajas, producto de la corrupción de sus contratos, para promocionar el mercadeo  sus propios productos electrónicos, electrodinámicos.

Como dice el pueblo, de eso tan bueno, no dan tanto.
Hay que desenmascarar los intereses de clase, económicos e ideológicos tras los hechos y expresiones de los más ricos, sus monopolios, sus oligarcas y testaferros, contra el pueblo. De carreta hablada o escrita no vive el pueblo.
Richard Black, senador republicano por el estado de Virginia, Coronel retirado del ejército de EEUU y ex funcionario de la OTAN, declaró  que tienen que terminarse las operaciones de cambio de régimen que ha emprendido Estados Unidos contra Venezuela y también en otros países del continente americano, y las sanciones que están provocando “sufrimientos inimaginables” a mucha gente, deben ser derogadas.
Estados Unidos ha “satanizado” la moneda venezolana, haciéndola “inservible”, y luego decimos: ‘Miren qué mal gobierno es éste, su moneda no vale nada’. Y no fueron ellos los que la hicieron inservible, sino que “nosotros hicimos que no valiera nada”, argumentó Black.
“Luego, tenemos un bloqueo, de hecho, a sus exportaciones petroleras... y entonces decimos: ‘ Pero fíjense, no pueden dar de comer a su población’. Y ¿saben que?, no pueden dar de comer a su población porque nosotros hemos cortado toda su fuente de ingresos”.
“Nosotros (EEUU) sencillamente tenemos que dejar tranquila a Venezuela. Déjenlos ser. Déjenlos ocuparse de su gobierno. Creo que eso sería mejor para el mundo entero... No es mi gobierno, y no soy yo, o algún estadounidense, quien deba determinar cómo van a ocuparse los venezolanos de sus asuntos internos”, señaló Black.
Ah, pero entonces “vamos de nuevo, y nos involucramos en Bolivia”, y “seleccionamos a un candidato escogido por nosotros...”. Hubiese sido mucho mejor que los bolivianos decidieran ellos mismos, su situación”, declaró Black.
“El problema con toda esta desestabilización, donde se derrocan gobiernos, uno tras otro, es que se exacerban los enredos migratorios y los problemas con los carteles de las drogas. Y hace que esa desestabilización en Latino América cree las condiciones  para la enorme y descontrolada migración hacia los Estados Unidos, a través de su frontera sur”, señaló.
Yo creo que si dejamos de microgestionar la región y dejamos que su población pruebe con la forma de gobierno que ellos quieran, nosotros estaríamos mucho mejor. Creo que Latino América sería mucho más próspera y mucho más estable, y así se eliminarían muchas de las presiones qué hay sobre Estados Unidos”, terminó diciendo el senador Black.

ELEMENTOS DE LA LECTURA.


Leer, no es deletrear.   Esta, es sólo su forma.
Hay que buscar el sentido de su contenido, en oraciones y proposiciones. Realizar la etapa racional, de analizar, los intereses que se esconden en las oraciones y proposiciones.
Tomar posición frente a su contenido.
COMPRENSIÓN DE LECTURA
Es entender  el contenido de la oración o proposición. A partir de la distinción del sujeto, del predicado, de la cópula, unión entre sujeto predicado, significado de los complementos directo, indirecto, circunstancial, de existir.
Subraye el número correspondiente a la respuesta que cree correcta:
A_ La construcción de equipos con sistemas electrónicos y mecánicos comparativos para la comunicación, corresponde a:
1. Ingeniería biomédica.
2. A la Ingeniería.
3. A la Cibernética.
B_El magnate de la cibernética:
1. Isaac Newton
2. Bill Gates.
3. Galileo Galilei.
C_ La justificación de Bill Gates al Coronavirus es  filosóficamente:
1. Ecléctica.
2. Dialéctica.
3. Metafísica.
D_ Los eclécticos, en sus explicaciones toman principios de:
1. Una escuela filosófica.
2. Ninguna escuela filosófica.
3. De varias escuelas filosóficas.
E_ La confirmación de los exámenes de Coronavirus se hace   con:
1. Microscopio.
2. Equipos mecánicos.
3. Equipos cibernéticos.
F_ El concepto de Bill Gates sobre el coronavirus es:
1. Ideológico.
2. Económico.
3. Ideológico- económico.
G-La primera forma de vida encontrada fue:
1. La célula.
2. Alga verde azul.
3. Ninguna de las anteriores.
H_ El concepto dialéctico de Bill Gates, se encuentra en :
1. Compasión, amor, tolerancia, paciencia.
2. La transformación de la tempestad en calma.
3. Ninguna de las anteriores.
3. El Coronavirus, es un mecanismo corrector de la humanidad.
I. Los elementos esenciales de la vida, para Bill Gates, son:
1. El agua, la alimentación.
2. La alimentación, la salud, el agua.
3. Respiración, alimentación, reproducción.
J- El avance de la cibernética afectó:
1. La contaminación ambiental .La reproducción
2. La respiración.
3. Las dos anteriores.

Respuestas correctas :
A_ 3.
B_ 2.
C_ 1.
D_ 3.
E_ 3.
F _3.
G_2.
H_2.
I  _2
J_ 3
Si UD acertó de 9 a 10, es un excelente lector.
De 7 a 8 muy buen lector.
6 Buen lector.
5 Lector en recuperación.
4. Deficiente lector.
5. De 1 a 3 debe alfabetizarse.

20 de JULIO DE 1810 GRITO DE LA ARISTOCRACIA BOGOTANA


20 de JULIO DE 1810 GRITO  DE LA ARISTOCRACIA BOGOTANA
POR LA  DEPENDENCIA MONÁRQUICA
Por William Alfredo Estrada Atehortúa Licenciado Filosofía Historia

Napoleón Bonaparte emperador de los franceses provocó en España la revolución de Aranjuez con la que consiguió la renuncia del rey de España Carlos IV, confinó en prisión francesa, a su heredero, Fernando VII. Y COLOCÓ EN EL TRONO ESPAÑOL, a su hermano JOSÉ BONAPARTE.

Los seguidores de Fernando VII, se organizaron en junta Central presidida por el Conde de Florida Blanca, reemplazada en los primeros días de 1810 por el Consejo de Regencia, que organizó en las colonias de América el respaldo a Fernando VII. Papel que cumplió en San Fé de Bogotá el regente visitador   don Antonio Villavicencio procedente de Quito.

 En la Nueva granada siguió el virreinato colonial de España. EL 20 de julio de 1810, la aristocracia bogotana, terratenientes, comerciantes, intelectualidad, convocó cabildo abierto, con vivas al rey Fernando VII. Cuya declaración, fijaron, que obedecerían al rey Fernando VII si venía a gobernar directamente. Fue una adhesión a la monarquía española, al conservar las instituciones monárquicas. Vacilaciones propias del arribismo, individualismo, de la ideología pequeño burguesa de comerciantes, intelectuales; y  terratenientes. 

Sin embargo, influyó en el resto del país en de declaraciones similares, Y otras de independencia absoluta, frente a la monarquía española, como la de Antioquia, preparada desde 1811.

La revolución Francesa en 1789 y la Comuna de París en 1871, inauguraron las guerras democráticas de liberación nacional contra  feudalismo y su forma de gobierno la monarquía. La primera dirigida por la  burguesía; y la segunda por el proletariado. Guerras de carácter progresista cuyo contenido principal es el derrocamiento del régimen feudal, absolutismo monárquico.

Su quebrantamiento y supresión del yugo colonial, presupuestos políticos  que no se dieron en la declaración  DEL 20 DE JULIO DE 1810 DE Santa Fé de Bogotá, que para esta época tenía alrededor de veinte mil habitantes. Por eso real y materialmente no es el grito de independencia, sino de la obediencia y dependencia a la monarquía española.

Simón Bolívar, al fracasar su entrega a la monarquía británica, con tal de oponerse a las transformaciones de la guerra de liberación nacional, instauró para la oligarquía aristocrática pro imperial, la dictadura transformada hoy día en dictadura corporativa empresarial pro imperial.

OLIGARQUÍA FALSEA LA HISTORIA


OLIGARQUÍA FALSEA  LA HISTORIA
En la movilización de noviembre de 2019,  de protesta contra las  reformas, tributaria, laboral del corporativismo empresarial pro imperial de Duque, el pueblo rechazó  el incremento del impuesto del IVA. Reafirmado  el 19 de JUNIO, donde arriesgaron la salud y la vida por comprar sin IVA,  como un contundente rechazo al impuesto de valor agregado IVA.

El IVA, es un impuesto de la ideología  conservadora, en el cual los poderosos económicamente, pagan por un mismo artículo lo mismo que los desposeídos. Lo que lo hace un impuesto inequitativo, e injusto, contrario al valor de la justicia, a la garantía de un orden económico social y justo, consagrados en el preámbulo de la Constitución.

Impuesto inequitativo contrario, al derecho fundamental, del Estado  proteger a las personas que por su condición económica, se encuentran en circunstancia de debilidad manifiesta, artículo 13. Contrariando la obligación del Estado, de adoptar medidas a favor de los discriminados o marginados.  Y la finalidad del Estado, de asegurar la vigencia de un orden justo.

El IVA, por su naturaleza de impuesto indirecto, vulnera en consecuencia los valores fundamentales del preámbulo, los principios fundamentales, de finalidad el Estado de asegurar la vigencia  un orden justo; y la supremacía de estas normas de la Constitución, artículos 2 y 4. Y los principios del sistema tributario, artículo 363, de equidad, eficiencia y progresividad. Principios abandonados por el partido liberal y la mayoría de grupos de oposición, que cayeron en la telaraña de la ideología tributaria conservadora, de los impuestos indirectos, desconociendo el carácter de justicia de los impuestos directos, de acuerdo a los bienes y rentas que se tenga.

Si el pueblo arriesgó su salud y vida por compras sin IVA, con mayor razón  debe organizarse para exigir la eliminación del IVA y demás impuestos indirectos. El partido liberal por encima de Cesar Gaviria, su oligarquía pro yanqui.  Y los movimientos de oposición, deben demostrar defender al pueblo,  impulsando la eliminación del IVA, establecido como columna vertebral del sistema Tributario por el gobierno conservador del Belisario Betancur.


PUEBLO CONTRA EL IVA, IMPUESTO RETRÓGRADO.


En la movilización de noviembre de 2019,  de protesta contra las  reformas, tributaria, laboral del corporativismo empresarial pro imperial de Duque, el pueblo rechazó  el incremento del impuesto del IVA. Reafirmado  el 19 de JUNIO, donde arriesgaron la salud y la vida por comprar sin IVA,  como un contundente rechazo al impuesto de valor agregado IVA.

El IVA, es un impuesto de la ideología  conservadora, en el cual los poderosos económicamente, pagan por un mismo artículo lo mismo que los desposeídos. Lo que lo hace un impuesto inequitativo, e injusto, contrario al valor de la justicia, a la garantía de un orden económico social y justo, consagrados en elEn la movilización de noviembre de 2019,  de protesta contra las  reformas, tributaria, laboral del corporativismo empresarial pro imperial de Duque, el pueblo rechazó  el incremento del impuesto del IVA. Reafirmado  el 19 de JUNIO, donde arriesgaron la salud y la vida por comprar sin IVA,  como un contundente rechazo al impuesto de valor agregado IVA.


El IVA, es un impuesto de la ideología  conservadora, en el cual los poderosos económicamente, pagan por un mismo artículo lo mismo que los desposeídos. Lo que lo hace un impuesto inequitativo, e injusto, contrario al valor de la justicia, a la garantía de un orden económico social y justo, consagrados en el preámbulo de la Constitución.

Impuesto inequitativo contrario, al derecho fundamental, del Estado  proteger a las personas que por su condición económica, se encuentran en circunstancia de debilidad manifiesta, artículo 13. Contrariando la obligación del Estado, de adoptar medidas a favor de los discriminados o marginados.  Y la finalidad del Estado, de asegurar la vigencia de un orden justo.

El IVA, por su naturaleza de impuesto indirecto, vulnera en consecuencia los valores fundamentales del preámbulo, los principios fundamentales, de finalidad el Estado de asegurar la vigencia  un orden justo; y la supremacía de estas normas de la Constitución, artículos 2 y 4. Y los principios del sistema tributario, artículo 363, de equidad, eficiencia y progresividad. Principios abandonados por el partido liberal y la mayoría de grupos de oposición, que cayeron en la telaraña de la ideología tributaria conservadora, de los impuestos indirectos, desconociendo el carácter de justicia de los impuestos directos, de acuerdo a los bienes y rentas que se tenga.


Si el pueblo arriesgó su salud y vida por compras sin IVA, con mayor razón  debe organizarse para exigir la eliminación del IVA y demás impuestos indirectos. El partido liberal por encima de Cesar Gaviria, su oligarquía pro yanqui.  Y los movimientos de oposición, deben demostrar defender al pueblo,  impulsando la eliminación del IVA, establecido como columna vertebral del sistema Tributario por el gobierno conservador del Belisario Betancur. preámbulo de la Constitución.

Impuesto inequitativo contrario, al derecho fundamental, del Estado  proteger a las personas que por su condición económica, se encuentran en circunstancia de debilidad manifiesta, artículo 13. Contrariando la obligación del Estado, de adoptar medidas a favor de los discriminados o marginados.  Y la finalidad del Estado, de asegurar la vigencia de un orden justo.

El IVA, por su naturaleza de impuesto indirecto, vulnera en consecuencia los valores fundamentales del preámbulo, los principios fundamentales, de finalidad el Estado de asegurar la vigencia  un orden justo; y la supremacía de estas normas de la Constitución, artículos 2 y 4. Y los principios del sistema tributario, artículo 363, de equidad, eficiencia y progresividad. Principios abandonados por el partido liberal y la mayoría de grupos de oposición, que cayeron en la telaraña de la ideología tributaria conservadora, de los impuestos indirectos, desconociendo el carácter de justicia de los impuestos directos, de acuerdo a los bienes y rentas que se tenga.

Si el pueblo arriesgó su salud y vida por compras sin IVA, con mayor razón  debe organizarse para exigir la eliminación del IVA y demás impuestos indirectos. El partido liberal por encima de Cesar Gaviria, su oligarquía pro yanqui.  Y los movimientos de oposición, deben demostrar defender al pueblo,  impulsando la eliminación del IVA, establecido como columna vertebral del sistema Tributario por el gobierno conservador del Belisario Betancur.

CADUCA EL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES CON “CUARTA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL?


                                CADUCA EL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES CON
                                       “CUARTA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL?

A raíz del día del abogado, un amigo ilustre y destacado economista, profesor de una renombrada universidad de  la capital del país, en su felicitación a los abogados por su día clásico, afirmó la necesidad de actualizar los programas de formación e investigación de todas las profesiones, acordes “con la inteligencia artificial y la cuarta revolución industrial”, para que no les caduquen las profesiones, sustentando su posición en el periodista neoliberal  Andrés Oppenheimer y otro, adalides de la justicia de los medios, por fuera del ejercicio de la profesión de los abogados, jueces y litigantes.

Es decir entrar al mercado del monopolio de  la tecnología de Bill  Gate, con asiento en la Organización Mundial de la salud, que con el coronavirus, resquebrajó la economía mundial, con el confinamiento obligatorio y la aplicación de la teoría de Robert Malthus, de reducción de la población, en este caso  la tercera edad, como política constante de los capitalistas desde el siglo XVIII, para mantener y conservar sus privilegios, pasando por el control de la natalidad impuesta en nuestro país por el gobierno norteamericano, mediante los llamados cuerpos de paz y Bienestar familiar.

Para en esta época ponerla al servicio del   monopolio de la industria  cibernética de Bill Gate, desarrollando el fascismo de suspender derechos individuales y garantía fundamentales con el encierro obligatorio, limitado sólo por el mercadeo   de la economía de su monopolio cibernético. Y de los monopolios comerciales de los banqueros y del comercio de las grandes superficies.

Ampliando el mercado para la venta de sus productos, a partir de las necesidades tecnológicas, para enfrentar el coronavirus, en las entidades prestadoras de la salud. El cibertrabajo,  la educación con el sistema digital, desde el hogar. En la administración pública, con las plataformas digitales, la construcción del valle del software, a partir del encierro obligatorio.

 Para disminuir al tiempo la población, en particular los pensionados, la tercera edad, COMO MÉTODO de eliminación de la jubilación, por resultar muy costosa al reducir las ganancias de los monopolios, como lo afirmaron los representantes imperialistas: Dan Patrick vicegobernador de Texas”, Los abuelos deberían sacrificarse y dejarse morir para salvar la economía…y no paralizar al país”. Cristina Lagarde presidenta del banco Central Europeo, “Los ancianos viven demasiado y eso es un riesgo para la economía global. Tenemos que hacerlo ya”. Taro Aso ministro de finanzas del Japón, pidió a los ancianos del país, “se den prisa en morir”.

Estos equipos de “la cuarta revolución industrial” jama sustituirán a los profesionales  en el ejercicio de sus profesiones. Le contribuirán como tecnología, a la economía en su desarrollo de la actividad profesional, pero no en su inteligencia, a la cual se coloca a su disposición. Ni a sus valores correspondientes a sus relaciones contraídas dentro de la sociedad, que es lo que ha pretendido el neoliberalismo en Colombia , desde el gobierno de Cesar Gaviria con su entonces Ministro de Justicia, Giraldo Angel, entregando el Ministerio de JUSTICIA y las altas cortes a la asesoría y dirección de los norteamericanos, con el argumento de la introducción de los computadores, la tecnología en los mismos, entregando al lado de la extradición, la administración de la justicia a los agentes del gobierno norteamericano.

Caducidad, es un término jurídico, referido a la oportunidad para hacer valer los derechos. Ese tiempo para accionar en defensa del derecho está referido a la ley, que lo consagra. Ley, que por el principio jurídico de regir para el futuro, en armonía con el otro principio de la Constitución de la protección a los derechos adquiridos, tiene el Estado que respetar el ejercicio de las profesiones, a quienes lo adquirieron antes de la posible nueva restricción.

Ni la economía, por pertenecer a la estructura sobre la cual se levanta el Estado. Ni el derecho, la política, la educación, la religión, la cultura, por pertenecer a la superestructura del mismo, materialmente tampoco caducan. SEGUIRÁN EXISTIENDO CON SU PROFESIONES HASTA QUE SE EXTINGA EL Estado.

La técnica, tecnología está al servicio de la Ciencia, la economía, la superestuctura del Estado, de la inteligencia de la sociedad, que  impulsa y dirige  la economía, a su servicio, contra el poder de los monopolios. Lo que se trata es de colocar el desarrollo tecnológico al servicio de la humanidad, Y no de los monopolios financieros, comerciales, cibernéticos, cuyas leyes y valores son opuestos a los de la sociedad en general.

La axiología, estudio de los valores, los clasifica en objetivos, subjetivos, dentro de los cuales están los de cada clase social. Los valores morales utilitaristas, el fin justifica los medios, de los monopolios cibernéticos, banqueros, grandes comerciantes, son distintos, a los valores de los trabajadores,  obreros,  campesinos, proletarios, que se fundamentan en el bien para la comunidad.  Como lo afirma Federico Engels, “Consciente, o inconscientemente, los hombres toman sus ideas morales de la situación práctica de su clase, del estado económico de producción y de cambio”.

DECISIONES JUDICIALES


En la dictadura narco paramilitar, pro imperial,  corporativa, empresarial, por regla general los jueces , omiten fallar de acuerdo con el artículo 30 de la Constitución, sólo sometidos a la Constitución  y la ley.

Fallan por conveniencia de quien los designó, aplicando la Constitución boca abajo, en contra de la misma. Colocando la conveniencia y los criterios auxiliares  de la actividad judicial, por encima de los valores, principio, derechos fundamentales, normas de la Constitución, artículo 4, que obligan su aplicación a todas las autoridades de la república, en sus decisiones.

Para burlar la independencia de la administración de justicia, en sus decisiones, los congresistas con el presidente, Corte Suprema de Justicia, Consejo Superior de la Judicatura designan proselitistamente los magistrados, los jueces de la república atendiendo los interese de quienes los designan; y no la Constitución, ni la independencia en la administración de justicia, que ha transformado a Colombia, en un Estado corrupto, narco paramilitar, de impunidad, al servicio del corporativismo empresarial pro imperial.

Desconocen que el funcionamiento de la justicia es desconcentrado, artículo 228, introduciendo en la designación de jueces y magistrados la descentralización administrativa, con la contratación por prestación de servicios. Omitiendo que el funcionamiento de la justicia, además de desconcentrado, es permanente, constante.

Trastocamiento de desconcentración, por descentralización, para  volver clientelista la administración de justicia, con lo cual impiden el acceso de toda persona a la administración de justicia, artículo 229.
  




IDENTIDAD DE INTERESES


IDENTIDAD DE INTERESES
El gobierno, se declaró abiertamente por la primacía de la economía, sobre la vida, defendiendo la corrupción, especulación financiera, comercial de las grandes superficies, con avisos engañosos para mercadear los productos de la oligarquía  pro imperial del corporativismo  empresarial. Con la supuesta y engañosa rebaja del 19 por ciento del IVA.

Que al lado y a favor del individualismo  de la oligarquía  comercial y financiera, a quienes nada interesan la salud y la vida del pueblo, destapó el individualismo, de la pequeña burguesía, del lumpen, de la economía informal, que les permite atraerlos fácilmente.

Lo que se manifestará, en doce, o más, días  en mayor número de infectados y de muertes, así las autoridades maniobren reduciendo el número de pruebas, pretendiendo esconder este aumento.

Crecimiento de víctimas del coronavirus, que constituye el soporte material,  para que presidente, Ministro de salud y algunos alcaldes , sean sujetos de investigación y sanción penal, por propagación, por acción, o por omisión del coronavirus, de conformidad con el artículos 368, 369 del Código Penal:

“El que viole medida sanitaria adoptada por autoridad competente para impedir la  introducción o propagación  de una epidemia, , incurrirá en prisión de cuatro a ocho años”.

“El que propague epidemia, incurrirá en prisión de  cuatro a ocho años”.

Individualismo, como bodega del arribismo, no defensa de los intereses de clase de los explotados, por su falta de educación política al servicio del país nacional, lo que facilita ser utilizado por los victimarios para re victimizar al pueblo.

El individualismo, arribismo,  de la pequeña burguesía, lumpen proletariado, productores informales,  debe ser desnudado para que adquiera la conciencia de su propia clase, de sus aliados naturales, por medio de la educación nacional, para que integre el frente de los explotados y oprimidos, contra el frente de la oligarquía pro imperial.

Estos artículos buscan la educación política del país nacional, identificando los enemigos, sus intereses de clase, los interese  los sectores explotados, la necesidad de su alianza para la liberación nacional y la construcción de una patria próspera soberana al servicio de la mayoría nacional, para la eliminación de la explotación del hombre por el hombre.
    

OLIGARQUÍA CONTRA LA MORAL DEL ESTADO


La Constitución de 91 elevó a normas jurídicas, la norma moral de servir a la comunidad. Y no la minoría de la oligarquía, ni a su amo yanqui, en los siguientes principios rectores y disposiciones:

“Artículo 1. Colombia es un Estado social de derecho…fundada en la prevalencia del interés general “.
Artículo 2. Son fines esenciales del Estado: Servir a la comunidad, promover la prosperidad general…, facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan…defender la independencia nacional…proteger a todas las personas residentes en Colombia”.

“Artículo 3.La soberanía reside exclusivamente en el pueblo…”.
“Artículo 5.El Estado reconoce la primacía de los derechos inalienables de las personas…”
“Artículo 9. Las relaciones del Estado se fundamentan  en la soberanía nacional….la autodeterminación de los pueblos”.
Artículo 11. El derecho a la vida es inviolable…”.
“Artículo 28. Toda persona es libre…”.

“Artículo 123. Los servidores públicos están al servicio del Estado y la comunidad…”.
“Artículo 133. Los miembros de cuerpos colegiados de elección directa…deberán actuar consultando la justicia y el bien común”.  
“Artículo 209. La función administrativa está al servicio de los intereses generales”.

“Artículo 214. No podrán suspenderse los derechos humanos., ni las libertades fundamentales, en los estados de excepción”.
“Artículo 333. La actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común”.

De conformidad con las anteriores normas de la Constitución; y de la supremacía de la  misma, artículo 4°,  decisiones del gobierno, por encima de los derechos a la vida, derechos fundamentales de los colombianos,  colocar la economía de los banqueros, monopolios extranjeros, grandes comerciantes, es la ratificación de la dictadura corporativa empresarial pro imperial, de la oligarquía Uribista, contra el pueblo colombiano.

Para lo cual Iván Duque, con irrespeto a la iglesia católica, que por principio defiende la vida, tomando la ideología de Simón Bolívar, invoca a la divina providencia; y le agrega la virgen de Chiquinquirá, para tan criminal jornada económica. Motivos, más que suficientes para que el pueblo instintivamente, ejerza su legítimo derecho a la defensa. De ahí la necesidad crear las condiciones subjetivas, mediante la educación política  del país nacional,  en sus derechos, que por darse en el marco de la lucha democrática, es válido denunciar la violación de la Constitución por la oligarquía y sus autoridades.


ESENCIAL


ESENCIAL
Un principio de la hermenéutica jurídica de Colombia, de interpretación del ordenamiento jurídico, es que a los términos técnicos, científicos, se les da el significado propio  del campo a que pertenece.
El término esencial es propio de la filosofía, madre de todas las ciencias, por ser la síntesis del conocimiento de  las ciencias naturales y de las ciencias sociales. De las ciencias para la producción y de las relaciones sociales que se establecen en la producción. El filósofo Aristóteles, definió ESENCIAL, como lo absolutamente indispensable para la existencia del ser, fenómeno, o cosa.
En medicina legal, para la vida es esencial el cerebro, el corazón, sin los cuales extingue la vida. En cambio se puede vivir con un pulmón, o un solo riñón, sin ojos.  El oxígeno, es esencial para la existencia del ser vivo; y para la existencia del aire.  En los negocios jurídicos, es esencial el consentimiento, para la existencia del contrato.
En las unidades inmobiliarias de propiedad horizontal, es esencial las bases de la estructura; la entrada a la propiedad privada. En los servicios públicos, esencial, es lo absolutamente  indispensable para la vida, como el agua. O para la existencia del servicio público.
Los abogados, por omisiones de su programa de filosofía del derecho, confunden lo esencial con lo fundamental, tratándolo como sinónimo. Cuando fundamental, es un calificativo jurídico de principal. No todo lo principal es esencial.
La educación es fundamental por decisión de la Constitución, pero no es absolutamente indispensable para la existencia del varón o la mujer.  Así, Pepe Sierra, analfabeta, le prestaba plata al Estado Colombiano, por lo cual se perpetu'o su nombre  en una vía de Bogotá.
La esclavitud y la servidumbre, feudalismo, se edificaron sobre la no educación de esclavos y siervos, o campesinos no propietarios de la tierra.
Corresponde al Congreso determinar los servicios públicos esenciales; porque materialmente lo son. Esto para el derecho a la huelga. No es suficiente la declaratoria del congreso  como servicio público esencial. Se requiere, además, que materialmente, sea necesario para la existencia.
El paro existió en Colombia, sin derecho a la huelga. Sin necesidad de cumplir etapas legales.
La tecnología es un avance para la producción, pero no es esencial.

DEBIDO PROCESO


El debido proceso se aplica a todas las actuaciones administrativas y judiciales. Forma parte del debido proceso, el principio de legalidad.

El cual " En materia penal, la ley permisiva o favorable, aún cuando sea posterior, se aplicará de preferencia a la restrictiva o desfavorable". "Impugnar la sentencia condenatoria", Artículo 28 Constitución Nacional. Es decir todo condenado tiene derecho a apelar.

Antes de la Constitución del 91 este tipo de funcionarios eran juzgados en única instancia, por la presunción que quienes  los juzgaba eran jueves más calificados por su investidura de magistrados, para justificar, no ser juzgados como cualquier ciudadano.
Las normas anteriores a la Constitución del 91, que entran en contradicción con esta, por mandato del principio de la Constitución de la supremacía de ésta, que obliga a todos los operadores jurídicos, se entiende no existen y por lo tanto no deben aplicarse, Artículo 4 de la Constitución.

De ahí, que como es más favorable el artículo 28 de la Constitución, se le debe dar trámite a la segunda instancia a todos los procesos, sin distingos políticos, religiosos, de edad, sexo o filosóficos.

Y se debe investigar y juzgar a todos los congresistas, que votaron agro ingreso seguro, para  todos los empresarios, cuánto la Constitución sólo lo permite para disminuir las desigualdades económicas, artículo 13 en concordancia con los auxilios económicos permitidos por la misma Constitución, para los más débiles económicamente.

Los jueces en sus decisiones judiciales, sólo están sometidos a la Constitución y la ley, artículo 230. La administración de justicia se ha desacreditado y entrado en crisis, por jueces y magistrados que fallan por conveniencia.   La favorabilidad no solo se refiere a las normas sustantivas, sino también aquellas que siendo procesales como la doble instancia, tienen un carácter sustantivo y procesal, enseñanza que aprendí del inmolado magistrado doctor Héctor Jiménez Rodríguez, como profesor de Procesal Penal en la UdeA.

Que vuelvan los jueces a fallar con fundamento en la Constitución, la ley y los elementos probatorios aportados legalmente al proceso.   Lo que ocurre hoy, es el afianzamiento de la dictadura con sentencias por conveniencia, contra el Estado Social de Derecho.

CORRESPONDE A LA CONSTITUCIÓN El ESTADO DE CONMOCIÓN, DEL 15 DE ABRIL?


El estado de CONMOCIÓN del artículo 215, declarado por el gobierno el 15 de abril,  para ser acordé con la Constitución, exige:
1. Motivación. 2. Debe corresponder a un hecho sobreviviente . 3. El hecho debe ser distinto a la guerra exterior y a la CONMOCIÓN interior. 4. El hecho, no  pueda ser tratado con normas de la legislación ordinaria. 4. Llegue a perturbar en forma grave e inminente, el orden económico, social. 5. Los decretos expedidos, estén dirigidos  a conjurar la crisis. 6. El período de CONMOCIÓN, puede llegar a tres, sin exceder cada uno de treinta días.

1.       FALSA  MOTIVACIÓN, Afectando  la razonabilidad, la necesidad, la proporcionalidad con los hechos de las fechas 7 de enero, 7 de marzo.
2.       El coronavirus no fue un hecho sobreviviente, imprevisto. Lo tardío de la emergencia sanitaria, sin cerrar los aeropuertos internacionales. Lo que desvirtúa la existencia de hecho sobreviniente, imprevisto, desde finales de 2019, se conoció su existencia internacional.
3.       Se utilizó para continuar la provocación imperialista a la vecina república de Venezuela, contra su soberanía nacional.
4.       Desde un principio, la atendió con normas ordinarias del sistema de salud de la ley 100, desprotegiendo al personal de la salud,  la dotación de las instituciones prestadoras de salud. Las normas sanitarias, el Código de Policía.
   El estado de CONMOCIÓN, fue motivado, en la declaratoria  del 7 de enero de la OMS, de  emergencia de salud pública Internacional. La detección del primer contagiado, el 7 de marzo. La declaración del Ministerio de Salud, del mes de marzo, de emergencia sanitaria para todo el territorio nacional, hasta el 30 de marzo de 2020. Sin especificar, las zonas de influencia del virus. Ni cerrar las fronteras y aeropuertos  Internacionales. DAÑÓ GRAVEMENTE LA ECONOMÍA, la familia, a en su  economía familiar, el trabajo informal, la pequeña y mediana empresa Nacional.  Por lo expuesto en la parte motiva, la pandemia, la enfrentó con normas de legislación ordinaria, resoluciones del Ministerio de Salud, con el encierre obligatorio. El Código de Policía, para las sanciones, a quien infringe el confinamiento obligatorio.
Pudiendo aplicar el Código Sanitario Nacional. La ley 10, de atención obligatoria por las instituciones de salud. El código Contencioso administrativo, sin suspender derechos y garantías fundamentales, con lo cual lesionó el principio de legalidad.

3. El Coronavirus, no fue un hecho imprevisto, sobreviviente, como lo reafirman las fechas de la misma motivación, 7 de enero, 6 de marzo y la omisión del gobierno al no cerrar el aeropuerto internacional El Dorado, por dónde entró y se difundió el virus. Afectando los principios de razonabilidad, proporcionalidad y legalidad.
El coronavirus, su entrada al país, fue previsible, por el conocimiento internacional de su existencia a fines de 2019, en China y Europa.
Tuvo el gobierno mucho tiempo para adoptar medidas, prepararse y lo omitió. Y hasta propició con la no educación de las medidas sanitarias.
La propició, al dedicarse a la reforma tributaria, eximiendo hasta que en sesenta billones las obligaciones tributarias de los monopolios, bancos  y grandes empresas con la nación.
Con sus proyectos de reforma laboral, pensional. Enfrentando la protesta popular estudiantil, con represión.
4. Con los anteriores hechos y omisiones, la perturbación económica y social, la creó el mismo gobierno. Y no   parálisis de producción, altas tasas de interés financiero.
5. El origen de la CONMOCIÓN, fue el conjunto de acciones del gobierno, represión a protesta popular, reforma tributaria, trámite a la laboral y pensional.
Las omisiones ante las peticiones de la protesta popular. Y la no actuación oportuna y adecuada ante la presencia del coronavirus.
Esta primera declaración de CONMOCIÓN, sólo formalmente, corresponde al artículo 215 de la Constitución.
Más no materialmente, por lesionar la razonabilidad, la proporcionalidad, el principio de legalidad y la Constitución, reafirmando, su carácter de dictador.
No sería raro, como lo solicitó el Procurador Carrillo, que por estar al término del periodo. Por la forma de designación del mismo y los magistrados de la Corte Constitucional, sin formación especializada en derecho constitucional, por conveniencia proselitista, convaliden la declaratoria de  CONMOCIÓN, con violación de las garantías fundamentales,  los derechos humanos. Y la ruina de la pequeña, mediana producción, la economía familiar y popular, confirmando el grado de corrupción a que han llegado los magistrados de la Corte Constitucional, Suprema de Justicia, Concejo de Estado, Consejo Nacional Electoral, Procurador, Contralor y Fiscal General dela Nación.

Es la hora de regreso a la protesta popular, congelada por la dictadura.!Por la democracia y la libertad!.

DERECHOS FUNDAMENTALES ABSOLUTOS.


Ante la suspensión de derechos fundamentales por decretos de CONMOCIÓN, con el criterio erróneo, que no son ABSOLUTOS. Es conveniente precisar, que entre los derechos fundamentales, hay un grupo que son ABSOLUTOS.
Los derechos fundamentales ABSOLUTOS, son derechos  imperativos, sin excepción, no sometidos a condición o reglamentación legal. No son facultativos, obligan a todos, en todo tiempo y lugar. Su ejercicio, no está limitado por los derechos de los demás.  Entre los derechos fundamentales ABSOLUTOS, podemos citar los siguientes:
El derecho a la vida es inviolable. La prohibición de torturas, trata de personas, tratos degradantes. A la esclavitud, destierro, prisión perpetua, confiscación. Reconocimiento a la personería jurídica. Intimidad personal, familiar. Libertad de conciencia. Derecho a la honra. Debido proceso. Poder y control político.
No ser discriminado. Inmunidad penal para no declarar contra si mismo, cónyuge, compañero permanente. O pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad, padres, abuelos, hijos, hermanos, tíos, primos, nietos. O  primero civil, o segundo de afinidad.
En cambio, son derechos fundamentales relativos, los sometidos a condición o reglamentación legal, como la libre circulación, habeas corpus, libre desarrollo de la personalidad. Libertad de expresión. Derecho de reunión, manifestación. Escogencia de profesión u oficio.
Por mandato de la Constitución, los derechos fundamentales y derechos humanos, así sean relativos, no pueden ser suspendidos, aún en los estados de Excepción:
Artículo 93."Los tratados y convenios Internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los Derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno...".
Artículo 214." En los estados de excepción, no podrán suspenderse los Derechos humanos, ni las libertades fundamentales".
Normas, que no pueden omitir los magistrados de la Corte Constitucional, al estudiarlos, en los decretos de excepción, en particular el confinamiento a los adultos mayores, a quienes les suspendió derechos fundamentales, como la discriminación, trato degradante, no reconocimiento de la dignidad humana, de la personalidad jurídica, discriminados frente a todas las personas; y  degradados ante las mascotas.
Las organizaciones de pensionados, sindicales y de oposición deben manifestarse al respecto, por el respeto a las personas de la tercera edad.

MAESTRO, INSTITUTOR, EDUCADOR, PROFESOR, DOCENTE?.


En el mundo antiguo, a quien enseñaba, trascendiendo, se le llamó Maestro, como a  Sócrates, Jesucristo.

Por su connotación religiosa, en  la conquista, colonia. La adopción de la iglesia católica como iglesia oficial de Colombia, por la Constitución de 1886, se adoptó en la legislación el nombre de Maestro, cambiado por INSTITUTOR por gobierno de Laureano Gómez, para quien enseñaba en primaria. Y profesor para el de secundaria.

La reforma de normales, del decreto 1955 de 1963, para quienes en cuatro quimestres, después del bachillerato básico, simultáneamente, cursamos la educación media y la formación profesional pedagógica, nos concedió en 1966, después de aprobar el examen de grado sobre todas las materias, el título de MAESTRO, que nos habilitó además, para continuar estudios universitarios.

El decreto ley 2277 de 1979, conquistado por el paro de 1977, dirigido por los maestros titulados a partir de 1966, los denominó DOCENTES.  Sobre su día clásico, el partido liberal en el gobierno de Alfonso López Pumarejo decretó el 11 de septiembre.  El gobierno conservador, en homenaje a Juan Bautista de Lasalle, decretó el 15 de mayo.

Histórica y materialmente son maestros quienes han trascendido de las aulas escolares a los cambios en la sociedad.  Son maestros, independiente del sitio de enseñanza, Jesucristo, Sócrates, Carlos Marx, Federico Engels, Vladimir Ilich Lenin, José Stalin, Francisco de Paula Santander, Jorge Eliécer Gaitán, Gustavo Rojas Pinilla, Francisco MOSQUERA SÁNCHEZ, la madre Laura. Y los maestros que dirigieron y conquistaron con el paro el ESTATUTO DOCENTE 2277/79. Y derrotaron reformas de López Michelsen y Misael Pastrana Borrero.

Felicitaciones a las maestras madres de Jorge Eliécer Gaitán, Ernesto Samper, Horacio Serpa, Piedad Córdoba, Gustavo Petro y Claudia López.